La Laguna de Carrizal constituye uno de los escasos humedales costeros del norte de Chile, siendo uno de los más importantes y mejor conservados. El área es un foco importante de concentración de biodiversidad, en lo que respecta a todos sus componentes, encontrándose 49 especies de flora, 76 de aves, 10 de reptiles, 2 de anfibios y 12 de mamíferos.
Humedal Costero Carrizal Bajo
Santuario de la Naturaleza
WDPA-199
La flora presente en el área es de vital importancia para el mantenimiento de este ecosistema. Su importancia radica en su estructura y no particularmente por cuantas especies poseen algún grado de conservación. Las diversas asociaciones vegetales insertas en el área proporcionan una gran diversidad de alimento, refugio y descanso para la fauna y las aves que componen este ensamble avial. el componente fauna es de gran riqueza y diversidad, presentando muchas especies problemas de conservación, como el cururo, el guanaco y el puma
47 ha.
0 ha.
MMA
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Chilean matorral 94,838%
44,401 95,034%
Huasco 44,401 95,034%
Huasco 44,401 95,034%
43,962 94,095%
Quebradas Carrizal y Carrizalillo 43,962 94,095%
Quebrada Carrizal Entre Quebrada Chacritas y Desembocadura 43,962 94,095%
2020
Creación 20/11/2019 20/11/2019 Decreto 39 Ministerio del Medio Ambiente
Matorral desértico mediterráneo costero de Oxalis virgosa / Eulychnia breviflora Matorral desértico 46,721 100% 0,128% LC
Litoral Duro - Atacama Atacama 0,522 1,117%
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No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
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Otros Agrícola Quebrada Honda S.A
Designada 2020
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Privada Agrícola Quebrada Honda S.A.
Especies Comunidad aviar
Especies Unidad vegetacional del humedal
Infraestructura vial Red vial 0,843 1,804%
Praderas y matorrales Matorral 43,238 92,545%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.

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