De la ecorregión Juan Fernández y Desventuradas destaca la gran riqueza y diversidad de especies, además de su gran endemismo, encontrándose en un estado excepcional de conservación. Un 41% de los peces y un 46% de los invertebrados son endémicos regionales para zonas profundas. El área también es importante en la dinámica poblacional de especies de importancia comercial, como una zona de reclutamiento del recurso jurel y un área de alimentación y presencia importante de juveniles del recurso pez espada.
Nazca-Desventuradas
Parque Nacional
WDPA-165
De la ecorregión Juan Fernández y Desventuradas destaca la gran riqueza y diversidad de especies, además de su gran endemismo, encontrándose en un estado excepcional de conservación. Un 41% de los peces y un 46% de los invertebrados son endémicos regionales para zonas profundas. El área también es importante en la dinámica poblacional de especies de importancia comercial, como una zona de reclutamiento del recurso jurel y un área de alimentación y presencia importante de juveniles del recurso pez espada.
30.003.500 ha.
0 ha.
Decreto de cración
Link
No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
100
No se encontraron ecorregiones dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
No hay información.
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2016
Creación 14/03/2016 24/08/2016 Decreto de Creación N°5/2016 Ministerio del Medio Ambiente
Modificación 21/08/2023 23/12/2023 Artículo 4° transitorio. Ley 21.600 crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas Ministerio del Medio Ambiente
No se encontraron ecosistemas terrestres dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
Abisal - Islas Desventuradas Islas Desventuradas 24.518.866,122 79,115%
Batibentonico - Islas Desventuradas Islas Desventuradas 140.456,41 0,453%
Mesobentonico - Islas Desventuradas Islas Desventuradas 4.960,644 0,016%
Montes Submarinos - Islas Desventuradas Islas Desventuradas 3.048.533,262 9,837%
No hay información.
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
SERNAPESCA
Designada 2016
Link
Fiscal Fisco de Chile
a) Las especies presentes en el área, entre las que destacan los lobos marinos de dos pelos (Arctocephalus philippi ), los tiburones de profundidad ( Squalus mitsukurii , entre otros), los bosques de macroalgas de la especie Eisenia cookeri , los invertebrados y corales duros de fondos asociados a los montes submarinos, la langosta de Juan Fernández (Jasus frontalis) y otros crustáceos; b) Los ecosistemas y hábitats presentes en el área, la que constituye zona migratoria para la ballena azul (Balaenoptera musculus) y tortugas marinas, zona de reproducción y alimentación de aves marinas, zona de alimentación y ruta migratoria para el pez espada (Xiphias gladius) y de crecimiento para el jurel (Trachurus murphy); c) Los montes submarinos que son parte de la biorregión Nazca-Platensis, particularmente el área del Guyot Stockman, un tipo particular de montes submarinos de importancia mundial, considerados como ecosistemas marinos vulnerables
Ecosistemas
Especies
Preservar los ecosistemas marinos presentes en la ecorregión de las Islas Desventuradas, como también aquellos asociados a montes submarinos que constituyen parte de las Cordilleras de Salas y Gómez y de Nazca y los componentes de la biota acuática existente en el área sometida a protección
Conservar la diversidad o riqueza de especies o ecosistemas a escala regional
Proteger muestra representativa de ecosistemas presentes a escala regional
Proteger muestra representativa de especies presentes a escala regional
No hay usos de suelo presentes

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.