AAVC Michay Araucano De Yane
Conservación Privada y Comunitaria
ICP-159
94 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
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Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Valdivian temperate forests 98,522%
Biobío 2.416,503 99,879%
Arauco 2.416,503 99,879%
Arauco 2.416,503 99,879%
Costeras Carampangue-Lebu 2.402,15 99,286%
Costeras entre Punta Lavapie y Rio Quiapo 2.402,15 99,286%
Costeras entre Punta Lavapie y Rio Quiapo 2.402,154 99,286%
0
No hay normativas asociadas.
Bosque caducifolio mediterráneo costero de Nothofagus obliqua - Gomortega keule Bosque caducifolio 462,452 19,114% 5,193% CR
Litoral Duro - Chile central Chile central 13,859 0,573%
1,685 0,07%
1,685 0,07%
1,685 0,07%
1,685 0,07%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Privados Mismos propietarios
Autodesignada 0
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Privada Bosques Arauco
En primer lugar, Preservación estricta; en segundo lugar, Investigación; en tercer lugar, Restauración
Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 37
Areas desprovistas de vegetacion Afloramientos rocosos 76,719 3,171%
Areas desprovistas de vegetacion Otros terrenos sin vegetacion 19,156 0,792%
Areas desprovistas de vegetacion Playas y dunas 41,218 1,704%
Bosques Bosque nativo 71,481 2,954%
Humedales Otros terrenos humedos 1,147 0,047%
Infraestructura vial Red vial 5,561 0,23%
Praderas y matorrales Matorral 365,939 15,125%
Praderas y matorrales Matorral arborescente 165,482 6,84%
Praderas y matorrales Matorral-pradera 2,253 0,093%
Praderas y matorrales Praderas 1,421 0,059%
Terrenos agricolas Rotacion cultivo - pradera 50,728 2,097%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 0,181 0,007%
Terrenos silvicolas Plantacion 1.602,616 66,24%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.