El sitio constituye uno de los humedales de mayor importancia para la conservación de flamencos sudamericanos, pues las tres especies (andino, chileno y de James) t además el área es un Sitio de paso para aves migratorias como el playeros (Calidris bairdii C. melanotos, C. himantopus, Catoptrophorus semipalmatus).
Pujsa
Sitio Ramsar
RAM-011
17.397 ha.
0 ha.
RNAP 2015. Por Superposiciòn de figuras
Link
No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
0
0
Terrestre Central Andean dry puna 100%
17.395,739 100%
El Loa 17.395,739 100%
San Pedro de Atacama 17.395,739 100%
17.395,739 100%
Laguna Parico, Laguna Helada y Salar de Pujsa 16.415,726 94,366%
Laguna Parico, Laguna Helada y Salar de Pujsa 16.415,726 94,366%
Salar de Quisquiro 784,779 4,511%
Salar de Quisquiro y Aguas Calientes 784,779 4,511%
Salar de Aguas Calientes y Alto del Lari 195,234 1,122%
Salar de Aguas Calientes y Alto del Lari 195,234 1,122%
0
No hay normativas asociadas.
Matorral bajo tropical andino de Mulinum crassifolium - Urbania pappigera Matorral bajo de altitud 12.755,287 73,324% 4,53% LC
Sin vegetación Sin vegetación 4.640,452 26,676% 0,077%
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
1.958,642 11,261%
1.958,642 11,261%
1.958,642 11,261%
1.958,642 11,261%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
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CONAF
Designada 1980
Link
Areas desprovistas de vegetacion Cajas de rios 3.651,765 20,992%
Areas desprovistas de vegetacion Terrenos sobre el limite altitudinal de la vegetacion 4.747,298 27,29%
Cuerpos de agua Lagos, lagunas, embalses y tranques 470,276 2,703%
Humedales Bofedales 188,815 1,085%
Humedales Salares 1.078,712 6,201%
Infraestructura vial Red vial 2,722 0,016%
Praderas y matorrales Estepa 7.256,03 41,712%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.

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