Desembocadura Río Mataquito
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-223
0 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Valdivian temperate forests 86,617%
1.451,379 100%
Curicó 1.571,245 92,371%
Licantén 1.451,379 92,371%
Talca 1.571,245 7,629%
Curepto 119,867 7,629%
1.571,245 100%
Rio Mataquito 1.571,245 100%
Rio Mataquito Entre Estero Curepto y Desembocadura 1.571,245 100%
0
No hay normativas asociadas.
Bosque esclerofilo mediterráneo costero de Lithraea caustica - Azara integrifolia Bosque esclerofilo 924,839 58,86% 1,847% CR
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
235,601 14,995%
235,601 14,995%
235,601 14,995%
235,601 14,995%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
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Designada 0
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Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 1
Areas desprovistas de vegetacion Cajas de rios 37,559 2,39%
Areas desprovistas de vegetacion Playas y dunas 28,307 1,802%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 6,53 0,416%
Bosques Bosque nativo 12,198 0,776%
Cuerpos de agua Rios 200,669 12,771%
Infraestructura vial Red vial 3,213 0,204%
Praderas y matorrales Matorral 82,076 5,224%
Praderas y matorrales Matorral arborescente 88,36 5,624%
Praderas y matorrales Matorral-pradera 5,639 0,359%
Praderas y matorrales Praderas 201,934 12,852%
Terrenos agricolas Rotacion cultivo - pradera 208,083 13,243%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 162,663 10,352%
Terrenos silvicolas Plantacion 533,744 33,969%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.

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