Este sitio, ubicado en el área norponiente de la Cordillera de la Costa, comprende 88.513 ha, destacándose como hitos la cuesta La Dormida, el cerro Las Vizcachas, los Altos de Chicauma, la cuenca del estero Puangue, los Altos del Puangue, el cordón del Cerro Bustamante y la quebrada de la Plata, entre otros. Administrativamente, el sitio comprende la parte poniente de las comunas de Til Til, Lampa, Pudahuel y Maipú y la parte norte de las comunas de Padre Hurtado y Curacaví. En relación con los instrumentos de protección legal, en su extremo norte se destaca la presencia del Santuario de la Naturaleza Cerro El Roble y sobre la cota 1000 m.s.n.m., en la parte correspondiente a la Provincia de Chacabuco, el sitio se encuentra regulado por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago como área de preservación ecológica. En el área se encuentran roblerías relictas de la zona Central de Chile con presencia de Roble de Santiago (Nothofagus macrocarpa). Se destaca la existencia de variados microclimas, suelos frágiles, alto endemismo de flora y fauna, presencia de fauna íctica autóctona y especies con variados problemas de conservación, incluso en peligro de extinción. Existe fauna insuficientemente conocida y con alto grado de sensibilidad por la existencia de numerosas faenas mineras (CONAMA,).
El Roble
Sitio Prioritario (Ley 19.300 art. 11, letra d)
SP1-046
Siendo el Santuario un área natural reducida, este cuenta con recursos naturales que logran dar singularidad al paisaje como es la presencia de un bosque de roble relicto donde abunda la biodiversidad y una alta tasa de endemismo de flora y fauna. Destaca la existencia de variados microclimas, suelos frágiles y presencia de fauna íctica autóctona. Además, se encuentran especies con variados problemas de conservación, incluso en peligro de extinción (CONAF y Asoc. Comuneros de Capilla de Caleu, 2005).
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Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Valdivian temperate forests 69,311%
Terrestre Chilean matorral 30,689%
Metropolitana de Santiago 6.515,76 99,999%
Santiago 88.597,611 7,354%
Pudahuel 4.725,581 5,334%
Maipú 1.790,179 2,021%
Chacabuco 88.597,611 49,041%
Tiltil 27.710,78 31,277%
Lampa 15.738,429 17,764%
Melipilla 88.597,611 42,67%
Curacaví 37.805,143 42,67%
Talagante 88.597,611 0,934%
Padre Hurtado 827,499 0,934%
Valparaíso 0,471 0,001%
Marga Marga 0,849 0,001%
Quilpué 0,432 0%
Olmué 0,039 0%
San Felipe de Aconcagua 0,849 0%
Llaillay 0,159 0%
Valparaíso 0,849 0%
Casablanca 0,219 0%
Rio Maipo 88.493,017 99,881%
Mapocho Bajo 50.753,949 57,285%
Estero Tiltil 27.928,461 31,523%
Estero Lampa Entre Estero Colina y Rio Mapocho 10.737,422 12,119%
Estero Lampa Entre Estero Tiltil y Estero Colina 9.399,261 10,609%
Rio Mapocho entre Zanjon de la Aguada y Rio Maipo 2.687,674 3,034%
Estero Chacabuco Entre Estero La Margarita y Estero Tiltil 1,131 0,001%
Rio Maipo Bajo (Entre Rio Mapocho y Desembocadura) 37.739,068 42,596%
Estero Puangue Entre Antes Estero Caren y Antes Estero Zapata 19.162,569 21,629%
Estero Puangue Entre Estero Sin Nombre y Bajo Junta Estero Amestica 8.010,273 9,041%
Estero Puangue Antes Estero Caren 7.555,321 8,528%
Estero Puangue Entre Antes Estero Zapata y Estero Sin Nombre 3.010,904 3,398%
Rio Aconcagua 96,972 0,109%
Aconcagua Bajo 96,972 0,109%
Estero Los Loros 92,83 0,105%
Estero Limache 2,885 0,003%
Rio Aconcagua Entre Estero Los Loros y Estero El Cobre 1,257 0,001%
Costeras entre Aconcagua y Maipo 8,472 0,01%
E. Casablanca y E. San Jeronimo (Incl.) 8,472 0,01%
Costeras entre Estero Casablanca y Estero San Jeronimo (Incl.) 8,472 0,01%
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Modificación 30/10/2012 12/08/2013 Decreto 40 Ministerio del Medio Ambiente
Bosque espinoso mediterráneo interior de Acacia caven - Prosopis chilensis Bosque espinoso 3.938,248 4,445% 10,382% VU
Bosque esclerofilo mediterráneo costero de Cryptocarya alba - Peumus boldus Bosque esclerofilo 29.566,731 33,372% 7,248% LC
Bosque esclerofilo mediterráneo costero de Lithraea caustica - Cryptocarya alba Bosque esclerofilo 1.188,898 1,342% 1,268% LC
Bosque esclerofilo mediterráneo andino de Quillaja saponaria - Lithraea caustica Bosque esclerofilo 28.717,235 32,413% 11,257% LC
Bosque caducifolio mediterráneo costero de Nothofagus macrocarpa / Ribes punctatum Bosque caducifolio 19.664,283 22,195% 14,502% LC
Matorral bajo mediterráneo costero de Chuquiraga oppositifolia - Mulinum spinosum Matorral bajo de altitud 1.916,795 2,163% 20,808% LC
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
1.869,879 2,109%
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1.869,879 2,109%
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No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Designada 0
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Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 206
Areas desprovistas de vegetacion Afloramientos rocosos 128,609 0,145%
Areas desprovistas de vegetacion Cajas de rios 739,176 0,834%
Areas desprovistas de vegetacion Otros terrenos sin vegetacion 32,836 0,037%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 885,677 1%
Areas urbanas e industriales Mineria industrial 319,574 0,361%
Bosques Bosque nativo 49.078,968 55,395%
Cuerpos de agua Lagos, lagunas, embalses y tranques 45,741 0,052%
Infraestructura vial Red vial 95,331 0,108%
Praderas y matorrales Formacion de suculentas 0,252 0%
Praderas y matorrales Matorral 34.214,983 38,618%
Praderas y matorrales Praderas 780,42 0,881%
Terrenos agricolas Rotacion cultivo - pradera 1.451,322 1,638%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 722,158 0,815%
Terrenos silvicolas Plantacion 112,255 0,127%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.