En Alto Chipana se presenta un ecosistema relicto de neblina, que se carcateriza por la presencia de 18 especies endémicas (Muñoz-Schick et al. 2001). Estos ecosistemas existentes en el extremo norte de Chile son ecosistemas relictos que han logrado sobrevivir en pequeños paños aislados gracias a la influencia que ejercen en ellos las frecuentes nieblas que se presentan en la serranía costera.
Alto Chipana
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-003
1 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
Link
No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Atacama desert 100%
Tarapacá 986,202 100%
Iquique 986,202 100%
Iquique 986,202 100%
Costeras Tilviche-Loa 986,202 100%
Pampa De Las Zorras y Salar Grande 986,202 100%
Pampa de Las Zorras y Salar Grande 986,202 100%
0
No hay normativas asociadas.
Dunas tropicales costeras de Tillandsia landbeckii - T. marconae Dunas de aerófitos 183,48 18,605% 14,398% LC
Matorral desértico tropical interior de Atriplex atacamensis - Tessaria absinthioides Matorral desértico 476,357 48,302% 0,11% LC
Matorral desértico tropical costero de Nolana sedifolia / Eulychnia iquiquensis Matorral desértico 326,366 33,093% 6,386% LC
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
No hay información.
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Designada 0
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Areas desprovistas de vegetacion Otros terrenos sin vegetacion 748,224 75,869%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 2,153 0,218%
Infraestructura vial Red vial 2,012 0,204%
Praderas y matorrales Formacion de suculentas 233,806 23,708%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.