Isla Quiriquina y Tumbes
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-063
0 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
Link
No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Valdivian temperate forests 14,889%
Terrestre Valdivian temperate forests 68,123%
Biobío 394,527 87,592%
Concepción 394,527 87,592%
Talcahuano 394,527 87,592%
Costeras e Islas entre Rio Itata y Rio Bio-Bio 394,735 87,638%
Costeras entre Rio Andalien Y Rio Bio-Bio 311,12 69,074%
Costeras entre Rio Andalien y Rio Bio-Bio 311,12 69,074%
Isla Quiriquina 83,615 18,564%
Isla Quiriquina 83,615 18,564%
0
No hay normativas asociadas.
Bosque esclerofilo mediterráneo costero de Lithraea caustica - Azara integrifolia Bosque esclerofilo 327,824 72,783% 0,655% CR
Litoral - Chile central Chile central 9,546 2,119%
Litoral Duro - Chile central Chile central 62,991 13,985%
1,071 0,238%
1,071 0,238%
1,071 0,238%
1,071 0,238%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Designada 0
Link
Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 6
Areas desprovistas de vegetacion Afloramientos rocosos 3,502 0,778%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 0,112 0,025%
Areas urbanas e industriales Mineria industrial 5,104 1,133%
Bosques Bosque mixto 21,139 4,693%
Bosques Bosque nativo 71,747 15,929%
Cuerpos de agua Lagos, lagunas, embalses y tranques 1,069 0,237%
Infraestructura vial Red vial 1,431 0,318%
Praderas y matorrales Matorral 122,416 27,178%
Praderas y matorrales Matorral arborescente 3,576 0,794%
Praderas y matorrales Praderas 23,002 5,107%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 6,008 1,334%
Terrenos silvicolas Plantacion 136,919 30,398%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.