Dunas de Santo Domingo -Llolleo
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-238
0 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Chilean matorral 64,738%
Valparaíso 661,829 89,575%
San Antonio 661,829 89,575%
Santo Domingo 410,896 55,612%
San Antonio 250,934 33,962%
Rio Maipo 403,897 54,665%
Rio Maipo Bajo (Entre Rio Mapocho y Desembocadura) 403,897 54,665%
Rio Maipo Entre Estero Popeta y Desembocadura 403,897 54,665%
Costeras entre Maipo y Rapel 272,488 36,88%
Estero Yali 272,488 36,88%
Estero Yali 272,488 36,88%
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No hay normativas asociadas.
Bosque espinoso mediterráneo costero de Acacia caven - Maytenus boaria Bosque espinoso 261,985 35,458% 0,464% VU
Litoral Blando - Chile central Chile central 127,5 17,256%
136,276 18,445%
136,276 18,445%
136,276 18,445%
136,276 18,445%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Designada 0
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Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 159
Areas desprovistas de vegetacion Playas y dunas 209,977 28,419%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 279,938 37,888%
Bosques Bosque mixto 2,625 0,355%
Bosques Bosque nativo 11,232 1,52%
Cuerpos de agua Lagos, lagunas, embalses y tranques 10,277 1,391%
Cuerpos de agua Rios 89,44 12,105%
Infraestructura vial Red vial 0,583 0,079%
Praderas y matorrales Matorral 54,651 7,397%
Terrenos agricolas Rotacion cultivo - pradera 66,907 9,055%
Terrenos silvicolas Plantacion 7,191 0,973%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.