Estero Limache
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-241
0 ha.
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Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Valdivian temperate forests 14,277%
Terrestre Chilean matorral 85,723%
Valparaíso 875,29 100%
Marga Marga 951,91 91,951%
Limache 875,29 91,951%
Valparaíso 951,91 8,049%
Concón 76,62 8,049%
Rio Aconcagua 951,91 100%
Aconcagua Bajo 951,91 100%
Estero Limache 951,91 100%
0
No hay normativas asociadas.
Bosque esclerofilo mediterráneo costero de Cryptocarya alba - Peumus boldus Bosque esclerofilo 0,677 0,071% 0% LC
Bosque esclerofilo mediterráneo costero de Lithraea caustica - Cryptocarya alba Bosque esclerofilo 657,87 69,11% 0,702% LC
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
361,794 38,007%
361,794 38,007%
361,794 38,007%
361,794 38,007%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Designada 0
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Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 131
Areas desprovistas de vegetacion Cajas de rios 17,645 1,854%
Areas desprovistas de vegetacion Otros terrenos sin vegetacion 1,464 0,154%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 141,617 14,877%
Bosques Bosque nativo 176,957 18,59%
Cuerpos de agua Lagos, lagunas, embalses y tranques 328,984 34,56%
Cuerpos de agua Rios 36,446 3,829%
Infraestructura vial Red vial 0,921 0,097%
Praderas y matorrales Matorral 107,249 11,267%
Terrenos agricolas Rotacion cultivo - pradera 114,893 12,07%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 2,631 0,276%
Terrenos silvicolas Plantacion 23,166 2,434%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.