La garra de león (Leontochir ovallei) es una especie clasificada En Peligro (EN) (DS N°50/2008 de MINSEGPRES). El proceso de elaboración del plan se inició con la Resolución Exenta N° 0638 (12 de julio del 2016). El grupo de elaboración estuvo conformado por representantes de servicios públicos, universidades, investigadores independientes y privados. La propuesta fue sometida a consulta pública por un plazo de 30 días hábiles, desde el 25 de septiembre hasta el 9 de noviembre de 2018 . El plan aprobado fue publicado en el Diario Oficial el 15 de julio de 2021 (promulgación 1 septiembre 2020).

RECOGE0004
Garra de león
Ministerio del Medio Ambiente
Vía tradicional
Plan oficializado
La garra de león es una planta herbácea, endémica, de distribución restringida a la costa de la Región de Atacama, que habita ente los 0 y 100 metros de altitud, entre las comunas de Copiapó y Huasco, desde Totoral hasta el Parque Nacional Llanos de Challe, Esta especie tiene una distribución geográfica reducida pero es frecuente, aunque muy asociada a precipitaciones que suelen ser muy bajas, discretas e infrecuentes. Los períodos cortos de humedad producen una menor floración y formación de semillas. Las amenazas identificadas para esta especie son 1) Construcción y/o mejoramiento de caminos, 2) Proyectos, actividades y construcciones que no ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y actividades industriales y generación de energía de gran escala, 3) Asentamientos irregulares en el borde costero en sectores con garra de león y sectores aledaños, 4) Extracción y/o destrucción de plantas y sus partes y colecta de semillas, 5) Trazados de rallys/raids que se superponen con el área de ocupación de garra de león, 6) Presencia de ganado doméstico y 7) Presencia de micro basurales en el área de distribución de la especie. El horizonte temporal de implementación de las acciones es de 8 años plazo en el cual se espera que las poblaciones actuales de la especie mantengan su integridad y haya aumentado en un 50% el número de poblaciones en su área de distribución. Para esto se definieron 9 líneas de acción orientadas a aumentar la protección y conservación de la garra de león y su hábitat y a desarrollar un programa de conservación ex situ con fines de reintroducción y otras medidas de conservación in situ. Entre estas líneas de acción se encuentra por ejemplo restringir las actividades fuera de ruta que degraden o destruyan ejemplares de la especie y su hábitat y el desarrollo e implementación de un programa de investigación aplicada, para la conservación de la garra de león.
56.513,386 ha.
  • Terrestre
Atacama 56.509,438 41,949%
Huasco 32.802,526 58,044%
Huasco 32.802,526 58,044%
Copiapó 23.706,912 41,949%
Copiapó 23.706,912 41,949%
Q.Totoral y Costeras hasta Q.Carrizal 65,88 65,88%
Costeras entre Quebradas Totoral y Carrizal 44,021 44,021%
Costeras Entre Quebradas Totoral y Carrizal 44,021 44,021%
Quebrada Totoral 21,859 21,859%
Quebrada Totoral Entre Quebrada Boquerones y Desembocadura 21,859 21,859%
Quebrada Carrizal y Costeras hasta R. Huasco 33,454 33,454%
Quebradas Carrizal y Carrizalillo 33,454 33,454%
Quebrada Carrizal Entre Quebrada Chacritas y Desembocadura 33,454 33,454%
N° Decreto Nombre Decreto Fecha de promulgación Fecha de publicación URL
18 APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE GARRA DE LEÓN (LEONTOCHIR OVALLEI) 01/01/2020 15/07/2021 Visitar
La garra de león o Leontochir ovallei (Phil.) es una especie endémica y de distribución restringida a la costa de la Región de Atacama que habita entre los 0 y 100 msnm, entre las comunas de Copiapó y Huasco, específicamente desde el sector de Totoral pasando por Quebrada Honda hasta el Parque Nacional Llanos de Challe. Esta especie posee una distribución geográfica bastante reducida, pero frecuente, aunque muy asociada a precipitaciones que suelen ser muy bajas, discretas e infrecuentes. Los cambios en el régimen de las precipitaciones, y las temperaturas, así como períodos de sequía más intensos asociados al cambio climático, también pueden afectar la distribución de las poblaciones. los períodos cortos de humedad influyen en la respuesta de la garra de león, produciendo una menor floración y menor formación de semillas. La ocurrencia de lluvias cada vez menos frecuente y más intensas en la Región, somete a un alto estrés hídrico a la especie, ocasionan aluviones y erosión, con la consiguiente pérdida de la cubierta vegetal y, en ocasiones, la pérdida de poblaciones completas de esta especie.
Garra de león
Leontochir ovallei
En Peligro (EN)
La garra de león o Leontochir ovallei (Phil.) es una especie endémica y de distribución restringida a la costa de la Región de Atacama que habita entre los 0 y 100 msnm, entre las comunas de Copiapó y Huasco, específicamente desde el sector de Totoral pasando por Quebrada Honda hasta el Parque Nacional Llanos de Challe. Esta especie posee una distribución geográfica bastante reducida, pero frecuente, aunque muy asociada a precipitaciones que suelen ser muy bajas, discretas e infrecuentes. Los cambios en el régimen de las precipitaciones, y las temperaturas, así como períodos de sequía más intensos asociados al cambio climático, también pueden afectar la distribución de las poblaciones. En la Región de Atacama los períodos cortos de humedad influyen en la respuesta de la garra de león, produciendo una menor floración y menor formación de semillas. La ocurrencia de lluvias cada vez menos frecuente y más intensas en la Región, somete a un alto estrés hídrico a la especie, ocasionan aluviones y erosión, con la consiguiente pérdida de la cubierta vegetal y, en ocasiones, la pérdida de poblaciones completas de esta especie. Los períodos prolongados de alta temperatura del aire posiblemente influyan negativamente en la fisiología y tasa reproductiva de la garra de león. Por otro lado, un prolongado calentamiento del aire podría afectar su balance hídrico, aumentando el estrés hídrico en la etapa de crecimiento. Este calentamiento probablemente afecte también la tasa de reclutamiento por cuanto se acorta la vida de las plántulas y con ello disminuyen las posibilidades de reemplazo de las poblaciones. Su clasificación vigente, según el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según su Estado de Conservación, es En Peligro, de acuerdo al Decreto Supremo N° 50/2008 del MINSEGPRES. Dicho estado de conservación se fundamenta en que la especie presenta una extensión de la presencia y un área de ocupación menores a 200 km², se conoce sólo en 2 a 3 localidades, se estima que ha experimentado una disminución de la calidad de su hábitat y en el número de individuos maduros. Además, se encuentra amenazada por herbívoros y por la explotación con fines ornamentales. Esta especie se encuentra protegida en el Parque Nacional Llanos de Challe, ubicado en la Región de Atacama, Provincia de Huasco, que es administrado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). Sin embargo, la mayor parte de la población de la Garra de león se encuentra en la localidad de Carrizal Bajo, fuera del área protegida señalada. Tanto el Parque Nacional como la localidad de Carrizal Bajo, se encuentran dentro de la zona de protección “Desierto Florido” de acuerdo a la Resolución Exenta N° 643/29 de agosto 1997 del Gobierno Regional de Atacama, que declara Zona de Protección y Zona de interés turístico a los sitios y lugares de mayor floración de la Región de Atacama. Estos sitios, además, corresponden a Sitios de Prioridad I (urgente), de acuerdo al Libro Rojo de los sitios prioritarios para la conservación de la diversidad biológica en Chile (Ministerio de Agricultura, Corporación Nacional Forestal-CONAF, 1996), ya que constituyen un atractivo particular para esta actividad de intereses especiales asociado a la manifestación del fenómeno del desierto florido. La garra de león, Leontochir ovallei, es de alto valor ornamental y paisajístico. Cabe señalar que no existe ninguna disposición legal que otorgue algún tipo de protección especial o que penalice la extracción de sus flores, una práctica habitual para el Día de los Muertos por parte de las comunidades aledañas así como tampoco se limita la extracción de frutos, rizomas y semillas, que abastecen el mercado informal en torno a esta especie.
Matorral desértico mediterráneo costero de Heliotropium floridum - Atriplex clivicola ; Matorral desértico mediterráneo costero de Oxalis virgosa / Eulychnia breviflora ; Matorral desértico mediterráneo interior de Skytanthus acutus - Atriplex deserticola
Epibentonico Blando - Atacama ; Epibentonico Duro - Atacama ; Litoral Blando - Atacama ; Litoral Duro - Atacama
Superficie protegida (ha)
Áreas Protegidas 2 16.309,956 28,86%
Santuario de la Naturaleza 1 44,309 0,078%
Parque Nacional 1 16.265,647 28,782%
Sitios Prioritarios 2 26.605,765 47,079%
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad) 1 25.755,844 45,575%
Sitio Prioritario (Ley 19.300 art. 11, letra d) 1 849,921 1,504%
No hay paisajes de restauración presentes
MARINOS Y COSTEROS 35,417 0,063%
ESTUARINOS 35,417 0,063%
INTERMAREALES 35,417 0,063%
INTERMAREALES 35,417 0,063%
SIN CLASIFICAR 15,189 0,028%
SIN CLASIFICAR 15,189 0,028%
SIN CLASIFICAR 15,189 0,028%
SIN CLASIFICAR 15,189 0,028%
Las amenazas fueron identificadas y calificadas según los criterios de intensidad de la amenaza, gravedad y alcance de la misma, con el fin de determinar el efecto global de cada amenaza sobre la especie. Una vez realizado este análisis el Grupo de Elaboración priorizó las amenazas según su gravedad: 1) Construcción y/o mejoramiento de caminos; 2) Proyectos, actividades y construcciones que no ingresan al SEIA y actividades industriales y generación de energía de gran escala; 3) Asentamientos irregulares en el borde costero en sectores con garra de león y sectores aledaños; 4) Extracción y/o destrucción de plantas y sus partes y colecta de semillas; 5) Trazados de rallys/raids que se superponen con el área de ocupación de garra de león; 6) Presencia de ganado doméstico; y 7) Presencia de micro basurales en el área de distribución de la especie.
Factor Descripción
TRAZADOS DE RALLYS/RAIDS QUE SE SUPERPONEN CON EL ÁREA DE OCUPACIÓN DE GARRA DE LEÓN El desarrollo de actividades fuera de ruta, como rallys y raids, en áreas de distribución de la especie es otro factor de amenaza, debido a que no existe regulación ni fiscalización sobre la operación de clubes dedicados a estas actividades. Además, la realización de estos eventos recreativos y deportivos convoca la presencia tanto de participantes como de espectadores, quienes no siempre conocen de la existencia de esta especie amenazada o de los efectos que estas actividades generan sobre la flora y la fauna. Aun cuando un porcentaje de estas actividades se encuentren reguladas ya sea por normativas autoimpuestas por los realizadores o por ordenanzas municipales, hay un porcentaje no menor que son efectuadas por personas que no adscriben a grupos organizados y sobre las cuales se dificulta el ejercer control. La amenaza de estas actividades se manifiesta directamente en destrucción de individuos, por pisoteo de vehículos y personas, daño al hábitat por contaminación de residuos domiciliarios y eventuales derrames de combustibles y similares. Una serie de otras actividades deportivas se están organizando en el área de distribución de garra de león, como por ejemplo, bicicletas enduro y trail running (carreras en senderos o carreras de montaña) que también causan daño a la flora geófita. Esta amenaza se clasificó como Alta.
PROYECTOS, ACTIVIDADES Y CONSTRUCCIONES QUE NO INGRESAN AL SEIA Y ACTIVIDADES INDUSTRIALES Y GENERACIÓN DE ENERGÍA DE GRAN ESCALA Actividades productivas que no ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), tales como extracción de áridos, caminos, pequeña minería, pirquinería y la expansión del territorio destinado para el uso agrícola, generan efectos negativos sobre la especie cuando se instalan en el área de las escasa poblaciones existentes, tanto por la intervención directa del sitio, como por externalidades negativas asociadas (vertederos ilegales, por ejemplo). Por otra parte, las actividades industriales y generación de energía de gran escala que son evaluadas ambientalmente generan un gran impacto sobre las poblaciones de la especie y su hábitat. Estas obras cuentan con infraestructura permanente como corredores, y todo tipo de obras lineales (caminos, tendidos eléctricos y ductos). Se considera una amenaza de gran importancia debido a que, al igual que amenazas anteriores, implica pérdida de hábitat y de individuos dentro del rango de distribución de la especie. Esto conduce inevitablemente a una transformación del paisaje y a la pérdida de ejemplares, junto con las diversas actividades asociadas a estas obras y los distintos tipos de contaminación que producen, afectando directa e indirectamente a la especie. Esta amenaza se clasificó como Muy Alta.
PRESENCIA DE MICROBASURALES EN EL ÁREA DE DISTRIBUCIÓN DE LA ESPECIE A lo largo del rango de distribución de la garra de león, se ha detectado la presencia de microbasurales. Esto se debe a la presencia de asentamientos irregulares en el área o a que personas el área urbana depositan escombros y basura en las quebradas. A pesar de que este tipo de intervención antrópica no produce directamente la muerte de especímenes, se debe evaluar el efecto sobre las poblaciones ya que es posible que la alteración del paisaje creada por los microbasurales afecte por ejemplo la comunidad de polinizadores y, consecuentemente, la tasa de polinización de la especie. Otra consecuencia de los depósitos de basura es la pérdida de valor estético que conlleva a la menor valoración de la zona afectada, lo que genera que se acopie más basura en el lugar. Las acciones de limpieza con maquinaria pesada, con el fin de controlar esta amenaza, también generan un impacto en la especie. Al ser la garra de león una especie geófita la contaminación del suelo o lixiviación de contaminantes provenientes de depósitos de basura informales podrían afectar las estructuras subterráneas, así como la estructura del suelo, tanto en su componente química como biológica. Según la clasificación de amenaza, ésta se califica como Baja.
PRESENCIA DE GANADO DOMÉSTICO Se ha documentado el consumo de flores y hojas por parte de cabras, burros y otro ganado doméstico, el cual es manejado de forma extensiva. Otro efecto de la presencia de este ganado doméstico es el pisoteo que causa la destrucción de las plantas y la compactación del suelo. De acuerdo a la Pacific Bulbs Society las cabras son las que ejercen la mayor presión de consumo sobre la especie. Estas observaciones son corroboradas por guardaparques del Parque Nacional Llanos de Challe, quienes han observado ganado caprino ramoneando esta especie. Esta amenaza se clasificó como Media.
EXTRACCIÓN Y/O DESTRUCCIÓN DE PLANTAS Y SUS PARTES Y COLECTA DE SEMILLAS Las flores y semillas de esta especie son recolectadas, específicamente las flores son cortadas por los lugareños principalmente para las celebraciones del día de los muertos (2 de noviembre). También se ha mencionado que la flores son extraídas para elaboración de terapias alternativas como “flores de Bach”. Asimismo, durante la ocurrencia del fenómeno del desierto florido las sub poblaciones de esta especie son visitadas y también recolectadas por los turistas o son afectadas a causa del pisoteo. Existen antecedentes de oferta on-line de semillas de Leontochir ovallei, tanto a nivel nacional como internacional. Ejemplo de ello se puede encontrar haciendo una búsqueda en internet, en páginas como http://www.chileflora.com, http://b-and-t-world-seeds.com, http://www.georgiavines.com, http://davesgarden.com, (última accesión, 2 de noviembre, 2017), con ofertas de semillas de esta especie. Si bien este tipo de páginas no especifica si las semillas comercializadas provienen de poblaciones naturales o si sólo se ofrecen semillas provenientes de plantas que ellos mismos cultivan, la extracción de semillas es una amenaza latente, debido a que estas compañías buscan enriquecer la base genética de sus colecciones. Por otro lado, existe una demanda de aficionados a la jardinería y de coleccionistas por obtener semillas en su interés por cultivar estas plantas, que se puede ver reflejada en los foros internacionales en donde se discute acerca de los métodos de siembra y cuidado de las plantas, haciendo referencia incluso a su precario estado de conservación (ejemplo https://davesgarden.com, http://www.pacificbulbsociety.org) (última accesión, 2 de noviembre, 2017). Esta amenaza se clasificó como Muy Alta.
CONSTRUCCIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE CAMINOS Existen importantes poblaciones de garra de león que se encuentran inmediatamente adyacentes a caminos públicos existentes. La ampliación y mantención de estos caminos ponen en riesgo la integridad de estas poblaciones. Acciones como el movimiento de tierra realizado por maquinarias pesadas, movimiento de vehículos de toda índole, la acumulación de áridos como material de relleno o de descarte, la instalación de estructuras provisorias como casetas, patios de acopio, bodegaje, así como el vertimiento de sustancias contaminantes, afecten a individuos poniendo en riesgo la existencia de estas poblaciones. El Grupo de Elaboración identificó como una amenaza inmediata la construcción de la proyectada ruta costera Ruta 1. Esta amenaza se clasificó como Muy Alta.
ASENTAMIENTOS IRREGULARES EN EL BORDE COSTERO EN SECTORES CON GARRA DE LEÓN Y SECTORES ALEDAÑOS En este Plan se consideran como asentamientos irregulares las tomas de terrenos y las instalaciones de recolectores de algas. Estas últimas son instalaciones de material ligero, que no cuentan con servicios básicos, pero que sirven de albergue a personas en forma temporal y por períodos de tiempo variables. El Grupo de Elaboración consideró que el efecto de estos asentamientos se manifiesta en dos ámbitos. Uno de ellos es la ocupación espacial del área donde se encuentran las plantas, por la ubicación del asentamiento sobre las poblaciones, lo que causa la eliminación de individuos funcionales dentro de la población por la pérdida de rizomas y de la capacidad de los mismos de producir semillas. El segundo ámbito dice relación con el efecto sobre el hábitat de las plantas. Por ejemplo, las personas allí instaladas utilizan la escasa vegetación acompañante como combustible, vegetación que constituye parte del hábitat de la garra de león. La presencia de estos asentamientos contribuye además a la dispersión de residuos que deterioran la calidad de su hábitat. Esta amenaza se clasificó como Muy Alta.
Atacama
Costa de la Región de Atacama, entre los 0 y los 250 msnm, en las comunas de Copiapó y Huasco, desde el sector de Totoral hasta el Parque Nacional Llanos de Challe.
La Garra de león es reconocida como especie única e irremplazable de la Región de Atacama, se encuentra protegida por el Estado, es relevada como elemento identitario de la comunidad local y se posiciona como emblema del patrimonio natural y cultural de Chile.
- Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Atacama, en representación del Ministerio del Medio Ambiente. - Corporación Nacional Forestal. - Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias (INIA). - Museo Nacional de Historia Natural. - Gina Arancio, en representación de la Universidad de La Serena. - Junta de Vecinos de Totoral. - Junta de Vecinos Moisés Núñez de Carrizal Bajo.
1. Meta 1. En 8 años de ejecución del Plan las poblaciones actuales de la especie habrán mantenido su integridad y habrán aumentado en un 50% el número de poblaciones en su área de distribución.
1. . Objetivo 1. Generar un aumento en la protección y conservación de la garra de león y su hábitat, a través de la mitigación de amenazas.
1.1.. Línea de Acción 1.1. Restricción a las actividades fuera de ruta que degraden o destruyan ejemplares de la especie y su hábitat
1.1.1.. Acción 1.1.1. Generar e implementar un programa de coordinación entre servicios con competencias.
1.1.2.. Acción 1.1.2. Generar y formalizar protocolo de aprobación de rallys y raids con el gobierno regional (Copiapó y Huasco) y las asociaciones de rally y raid.
1.1.3.. Acción 1.1.3. Revisar y difundir el protocolo de Rally a servicios públicos y organizadores de estas actividades
1.1.4. . Acción 1.1.4. Establecer áreas de restricción de rallys y raids formalizadas a través de resolución del gobierno regional
1.1.5. . Acción 1.1.5. Generar e implementar una red de colaboración comunitaria y protocolo de denuncia para la protección de la garra de león
1.1.6.. Acción 1.1.6. Regular actividades de rallys y raids considerando un protocolo de denuncia.
1.1.7.. Acción 1.1.7. Promover ordenanzas municipales que regulen actividades de turismo en zona de desierto florido, a través de las Mesas de Turismo Municipal (considerando Guía Ordenanzas Turísticas Sustentables- Sernatur)
1.1.8. . Acción 1.1.8. Promover el registro de actividades de turismo de flora y fauna, inspecciones y capacitaciones a guías respecto de la especie
1.2.. Línea de Acción 1.2. Incorporación de consideraciones para la protección de garra de león dentro y fuera del SEIA
1.2.1.. Acción 1.2.1. Generar e implementar una mesa de trabajo con servicios con competencias e investigadores para acordar criterios y consideraciones de protección de la especie
1.2.10.. Acción 1.2.10. Establecer un repositorio de proyectos, medidas o iniciativas disponibles para ser considerados por terceros (titulares de proyectos, empresas, universidades, ONGs u otros) para uso el marco del SEIA u otras iniciativas privadas.
1.2.2.. Acción 1.2.2. Revisar el plan nacional de conectividad interna y política de enrolamiento de MOP, así como los Planes de Mantención de la Dirección de Vialidad (MOP) y promover la incorporación del resguardo del patrimonio natural en el área de aplicación del Plan
1.2.3.. Acción 1.2.3. Evaluar y promover la incorporación de consideraciones ambientales y buenas prácticas, respecto de la conservación de la especie en el otorgamiento de permisos sectoriales
1.2.4.. Acción 1.2.4. Elaborar guía de exigencias para mitigar los impactos negativos a la especie y su hábitat asociado a proyectos de SEIA
1.2.5.. Acción 1.2.5. Elaborar e implementar un programa de sensibilización y capacitación a los evaluadores de SEIA, servicios públicos y titulares de proyectos sobre recomendaciones y exigencias necesarias en la evaluación
1.2.6.. Acción 1.2.6. Establecer redes de colaboración para la detección y denuncia de impactos sobre la especie
1.2.7.. Acción 1.2.7. Revisar, analizar y modificar criterios para definir zonas de empréstito y botaderos en la etapa de prefactibilidad de proyectos o caminos
1.2.8.. Acción 1.2.8. Utilizar las herramientas jurídicas pertinentes para denunciar eventuales daños ambientales que afecten a la garra de león.
1.2.9.. Acción 1.2.9. Establecer una mesa de trabajo con el Ministerio de Bienes Nacionales para abordar la problemática de las tomas en áreas con presencia de garra de león.
1.3.. Línea de Acción 1.3. Creación e implementación de un programa de gestión de residuos.
1.3.1.. Acción 1.3.1. Elaborar e implementar un programa de gestión de residuos en áreas con garra de león
1.3.2.. Acción 1.3.2. Difundir iniciativas de reciclaje entre la comunidad y generar redes de recolección.
1.3.3.. Acción 1.3.3. Promover la intervención comunitaria para la recuperación de sitios con micro basurales (limpieza, instalación de letreros, establecimiento de plantas, otros).
1.3.4.. Acción 1.3.4. Gestionar planes de cierres de pasivos ambientales (vertederos ilegales Totoral, Carrizal, quebrada La Higuera)
1.3.5.. Acción 1.3.5. Gestionar creación de ordenanza municipal que sancione la disposición ilegal de residuos
1.3.6. . Acción 1.3.6. Establecer cooperación y mecanismos para la denuncia ciudadana sobre la disposición ilegal de residuos
1.3.7.. Acción 1.3.7. Establecer un programa de fiscalización municipal sobre la disposición ilegal de residuos.
1.4.. Línea de Acción 1.4. Fomento de prácticas amigables con la conservación de la especie y su hábitat dentro de la actividad ganadera
1.4.1. . Acción 1.4.1. Elaborar una guía con prácticas ganaderas amigables con la conservación de la especie y su hábitat
1.4.2.. Acción 1.4.2. Establecer un programa de capacitación y concientización sobre las buenas prácticas ganaderas
1.4.3.. Acción 1.4.3. Gestionar con la comunidad áreas de exclusión y manejo ambiental.
1.4.4.. Acción 1.4.4. Giras tecnológicas para el intercambio de experiencias sobre buenas prácticas ganaderas en relación con la conservación de la flora
1.5.. Línea de Acción 1.5. Sensibilización a diversos actores sociales sobre las amenazas que afectan a la garra de león
1.5.1.. Acción 1.5.1. Elaborar e implementar un programa de interpretación ambiental dirigido a los servicios públicos
1.5.2.. Acción 1.5.2. Establecer campañas de interpretación ambiental dirigida a la comunidad y clubes de actividades fuera de ruta presentes en el área de distribución de la especie
1.5.3.. Acción 1.5.3. Proponer a la Comisión del Desierto Florido de Atacama un plan de contingencia sobre seguridad y voluntariado en época de floración
1.5.4.. Acción 1.5.4. Promover eventos locales que refuercen el sentido de pertenencia e identidad en la localidad con presencia de la especie.
2. Objetivo 2. Desarrollar un programa de conservación ex situ con fines de reintroducción, otras medidas de conservación in situ y protección de hábitat
2.1.. Línea de Acción 2.1. Establecimiento de áreas protegidas para el resguardo de la especie
2.1.1.. Acción 2.1.1. Identificar y priorizar sitios con presencia de la especie para la creación o ampliación de áreas protegidas
2.1.2.. Acción 2.1.2. Identificar a los propietarios de terrenos con presencia de la especie.
2.1.3.. Acción 2.1.3. Convocar y establecer una mesa de trabajo con los propietarios destinada a incentivar iniciativas de conservación privada.
2.1.4.. Acción 2.1.4. Evaluar la factibilidad (técnica, política, económica, etc) de la creación de áreas protegidas a partir de sitios priorizados acorde con la Acción 2.1.1.
2.1.5.. Acción 2.1.5. Gestionar asesorías a la comunidad para promover la creación de áreas protegidas privadas (santuarios de la naturaleza)
2.1.6.. Acción 2.1.6. Elaborar expedientes para la creación de áreas protegidas
2.1.7. . Acción 2.1.7. Adquirir terrenos para la creación de áreas protegidas.
2.2. . Línea de Acción 2.2. Análisis, diseño, propuesta e implementación de normativa asociada a la protección de la especie y su hábitat
2.2.1.. Acción 2.2.1. Revisión del marco normativo aplicable a la especie.
2.2.2.. Acción 2.2.2. Conformar mesa de trabajo para validar, adoptar y difundir medidas para la protección de la especie y su hábitat
2.2.3.. Acción 2.2.3. Diseñar, proponer e implementar normativa para la protección de la especie y su hábitat.
2.2.4.. Acción 2.2.4. Proponer la designación de la garra de león bajo la figura de Monumento Natural
2.2.5.. Acción 2.2.5. Evaluar en conjunto con la Autoridad Administrativa la pertinencia de incluir a la especie dentro del apéndice CITES
2.2.6.. Acción 2.2.6. Propiciar la aplicación de artículo 8 del reglamento del SEIA, respecto a criterios de unicidad y escasez, para definir el valor ambiental del territorio
2.2.7.. Acción 2.2.7. Gestionar ordenanzas municipales que contribuyan a la protección de la especie y su hábitat, considerando el Manual de Ordenanzas Turísticas Sustentables.
2.2.8. . Acción 2.2.8. Incluir consideraciones de protección sobre la especie y su hábitat en los instrumentos de planificación territorial
2.2.9.. Acción 2.2.9. Establecer un programa de fiscalización de la normativa generada
2.3.. Línea de Acción 2.3. Desarrollo e implementación de un programa de investigación aplicada, para la conservación de la garra de león
2.3.1.. Acción 2.3.1. Desarrollar investigación sobre la propagación de la especie con fines de conservación.
2.3.2.. Acción 2.3.2. Evaluar el impacto de herbivoría por parte del ganado doméstico sobre la especie.
2.3.3.. Acción 2.3.3. Monitorear y evaluar la frecuencia y abundancia de camanchaca y precipitaciones en el área de distribución de la especie
2.3.4.. 2.3.4. Realizar estudios de suelo en los sitios con presencia de la especie (caracterización físico-química y microbiológica).
2.3.5.. Acción 2.3.5. Propiciar otras líneas de investigación que contribuyan a la conservación ex situ (genética, polinización, u otros.)
2.4.. Línea de Acción 2.4. Desarrollo e implementación de un programa conservación ex situ y conservación in situ.
2.4.1.. Acción 2.4.1. Recolectar semillas para ser resguardadas en un banco de germoplasma.
2.4.2.. Acción 2.4.2. Implementar un jardín botánico del desierto florido.
2.4.3.. Acción 2.4.3. Promover la propagación comunitaria de la especie a través de talleres regionales y locales.
2.4.4. . Acción 2.4.4. Elaborar un manual práctico para la propagación de la especie.
2.4.5.. Acción 2.4.5. Implementar viveros comunitarios (áreas de propagación) para la especie
2.4.6.. Acción 2.4.6. Identificar sitios potenciales para la reintroducción de la especie.
2.4.7.. Acción 2.4.7. Realizar acciones de reintroducción de la especie en los sitios identificados.
2.4.8.. Acción 2.4.8. Plantar individuos de la especie provenientes de viveros en cementerios, parques, plazas y otros lugares públicos incorporados al diseño paisajístico en la Región de Atacama
2.4.9.. Acción 2.4.9. Evaluar la factibilidad e implementar, según corresponda, un programa de enriquecimiento en el área de distribución natural de la especie (técnica, económica, ecológica) de los sitios

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