La iniciativa de restauración ecológica se está llevando a cabo en un sitio sustituido de Forestal Arauco en la VIII región. El proceso consiste en el monitoreo de la vegetación nativa para evaluar la trayectoria de la recuperación natural de los sitios cosechados con la del bosque nativo (referencia). Las amenazas identificadas son controladas para aumentar la probabilidad del éxito ecológico. En casos donde la regeneración natural no fuese exitosa se considera enriquecer con plantas nativas.

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Restauración predio "Sta. Adriana de Curapalihue"
Compromiso de restauración por sustitución predio Santa Adriana de Curapalihue
La iniciativa de restauración ecológica se está llevando a cabo en un sitio sustituido de Forestal Arauco en la VIII región. El proceso consiste en el monitoreo de la vegetación nativa para evaluar la trayectoria de la recuperación natural de los sitios cosechados con la del bosque nativo (referencia). Las amenazas identificadas son controladas para aumentar la probabilidad del éxito ecológico. En casos donde la regeneración natural no fuese exitosa se considera enriquecer con plantas nativas.
7,7 ha.
Terrestre
No
Biobío 7,7 < 0,001%
Concepción 7,7 0,002%
Florida 7,7 0,013%
Costeras e Islas entre Rio Itata y Rio Bio-Bio 0 %
Rio Andalien 0 %
Rio Andalien 0 %
No hay áreas protegidas presentes
Terrestre Bosque caducifolio mediterráneo costero de Nothofagus obliqua - Gomortega keule Bosque caducifolio CR
Rocuant Andalien
No hay información.
Otras
Terreno_silvicola
No
Si
Si
No
Si
No
No
No
Si
No
Si
Sin información
Ejecución
2013
2100
Financiamiento_privado
Forestal Arauco
2.341.185
Forestal Arauco
Forestal Arauco
Terrenos silvicolas Plantacion

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.