Está ubicada en la Comuna de Ancud, provincia de Chiloé. Su protección se fundamenta en la necesidad de un Banco natural de Ostra Chilena para resguardar la especie nativa ostra chilena (Tiostrea chilensis).
Pullinque
Reserva Marina
  • IV
WDPA-065
Se fundamenta en la necesidad de resguardar la especie nativa ostra chilena (Tiostrea chilensis). Debido al terremoto de 1960, el objetivo de conservación y propagación de la especie desde la ostricultura de Pullinque adquiere mayor relevancia, como resultado de la explotación ilegal y desaparición de muchos bancos naturales, siendo este uno de los últimos existentes para dicha especie.
770 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
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Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
0
Terrestre Valdivian temperate forests 1,837%
41,398 5,376%
Chiloé 41,398 5,376%
Ancud 41,398 5,376%
43,603 5,662%
Isla Chiloe 43,603 5,662%
Costeras Vertientes Norte Entre Punta Quetrelquen y Rio Chepu 43,603 5,662%
2004
Creación 31/07/2003 20/12/2004 Decreto 133 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Bosque siempreverde templado interior de Nothofagus nitida - Podocarpus nubigenus Bosque siempreverde 47,804 6,208% 0,005% LC
Costa expuesta Patagonia Norte - Chiloe Taitao Chiloe Taitao 745,744 96,839%
0,005 0,001%
0,005 0,001%
0,005 0,001%
0,005 0,001%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
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SERNAPESCA
Designada 2004
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Fiscal Fisco de Chile
Ostra chilena (Tiostrea chilensis). (Decreto de creación, 2003)
Especies
Resguardar la ostra chilena, en su banco natural existente (Decreto de creación, 2003)
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Bosques Bosque nativo 1,769 0,23%
Humedales Marismas herbaceas 0,482 0,063%
Humedales Otros terrenos humedos 0,343 0,045%
Humedales Vegas 0,13 0,017%
Praderas y matorrales Matorral 2,221 0,288%
Praderas y matorrales Matorral arborescente 3,244 0,421%
Praderas y matorrales Praderas 2,39 0,31%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.

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