El área Seno Almirantazgo que se ubica en la costa sudoccidental de la Isla Grande de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena, la extensión del seno es de 80 kilómetros de largo, con una superficie aproximada de 1.160 km2. Comprende porciones de agua, fondo de mar, rocas, las playas y los terrenos de playas fiscales de dos zonas: 1) la "Zona 1" o "Seno Almirantazgo Este" 2) la "Zona 2" o "Bahía Brookes".
Seno Almirantazgo
Área de Conservación de Múltiples Usos
WDPA-182
Esta área posee una alta productividad biológica y una gran riqueza y abundancia de especies raras, endémicas y de importancia global. Constituye un ecosistema costero y marino único, reconocido por el mundo científico y la comunidad local por su alto valor para la conservación de la biodiversidad marina de la zona austral.
76.400 ha.
0 ha.
Decreto de creación
Link
No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
100
Terrestre Magellanic subpolar forests 0%
Terrestre Magellanic subpolar forests 0%
Terrestre Rock and Ice 0%
Magallanes y de la Antártica Chilena 113,538 0,149%
Tierra del Fuego 113,538 0,149%
Timaukel 113,538 0,149%
Tierra del Fuego 76.372,684 100%
Costeras entre R. Azopardo y Seno Serrano 53.049,204 69,461%
Costeras Ventisquero Marinelli 31.033,775 40,635%
Costeras entre Bahia Brookes y Seno Serrano 10.407,207 13,627%
Costeras Entre Ventisquero de la Viuda (Incluido) y Vent. Cuevas 5.815,949 7,615%
Costeras Entre Rio Azopardo y Ventisquero de la Viuda 4.512,777 5,909%
Costeras Entre Vent. Cuevas (Incluido) y Vent. Marinelli 1.279,495 1,675%
Costeras entre Cabo Nose y R. Azopardo (incl.) 23.323,48 30,539%
Costeras entre Rio Paralelo y Rio Azopardo 13.390,029 17,532%
Rio Paralelo 9.003,518 11,789%
Rio Azopardo (L. Faguano o Cami) desde Frontera 630,124 0,825%
Costeras entre Rio Condor y Rio Paralelo 299,809 0,393%
2018
Creación 28/02/2018 20/07/2018 DS 11 Ministerio del Medio Ambiente
Modificación 21/08/2023 06/09/2023 Artículo 4° transitorio. Ley 21.600 crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas Ministerio del Medio Ambiente
Bosque mixto templado-antiboreal andino de Nothofagus betuloides - Nothofagus pumilio Bosque siempreverde 71,86 0,094% 0,046% LC
Bosque siempreverde templado-antiboreal costero de Nothofagus betuloides - Drimys winteri Bosque siempreverde 909,333 1,191% 0,016% LC
Turbera templada-antiboreal costera de Bolax caespitosus - Phyllachne uliginosa Turbera 37,013 0,048% 0,003% LC
Almirantazgo - Magallanes Magallanes 72.745,616 95,251%
136,889 0,18%
136,889 0,18%
136,889 0,18%
136,889 0,18%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Otros Sin administracion formal. Administrador delegado: Ministerio de Medio Ambiente
Designada 2018
Link
a) las áreas de descanso, alimentación y reproducción de foca leopardo b) la colonia reproductiva y área de alimentación de albatros de ceja negra c) las zonas de descanso, muda y reproducción del elefante marino del sur d) los bancos naturales de ostión del sur de los fiordos Parry y Ainsworth e) los bosques de huiro f) los hábitats proglaciales-marinos ubicados en las bahías Parry, Ainsworth y Brookes g) los sitios de ocupación y tránsito históricos y culturales
Areas desprovistas de vegetacion Afloramientos rocosos 536,282 0,702%
Areas desprovistas de vegetacion Playas y dunas 1,065 0,001%
Areas desprovistas de vegetacion Terrenos sobre el limite altitudinal de la vegetacion 30,824 0,04%
Bosques Bosque nativo 2.514,1 3,292%
Cuerpos de agua Mar 689,062 0,902%
Humedales Turbales 3,267 0,004%
Humedales Vegas 127,411 0,167%
Nieve eterna y glaciares Glaciares 478,864 0,627%
No determinado Sin cobertura aerofotogrametrica 177,038 0,232%
Praderas y matorrales Estepa 5,9 0,008%
Praderas y matorrales Matorral 871,593 1,141%
Praderas y matorrales Praderas 2,709 0,004%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.