El sitio prioritario Las Cardillas se inserta en la zona andina y preandina de la comuna de San Fernando, en donde el carácter morfológico, geológico, tectónico y geomecánico del relieve, resultan ser un escenario propicio para el desarrollo de remociones en masa; extensos macizos rocosos están integrados por una cobertura de rocas volcánicas, que se asientan discordantemente sobre una potente secuencia volcanoclástica, integrada por rocas menos resistentes, susceptibles de experimentar deformaciones plásticas (Cruz, P., 2005).
Las Cardillas
Sitio Prioritario (Ley 19.300 art. 11, letra d)
SP1-024
Sin Información.
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Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Valdivian temperate forests 100%
1.567,163 100%
Colchagua 1.567,163 100%
San Fernando 1.567,163 100%
1.567,163 100%
Rio Tinguiririca Alto (Hasta bajo junta Rio Claro) 1.567,163 100%
Rio Tinguiririca Entre Rio Clarillo y Bajo Junta Rio Claro 1.452,09 92,657%
Rio Clarillo 115,074 7,343%
0
Modificación 30/10/2012 12/08/2013 Decreto 40 Ministerio del Medio Ambiente
Bosque esclerofilo mediterráneo andino de Lithraea caustica - Lomatia hirsuta Bosque esclerofilo 566,185 36,128% 1,008% VU
Bosque caducifolio mediterráneo-templado andino de Nothofagus obliqua - Austrocedrus chilensis Bosque caducifolio 803,357 51,262% 0,448% LC
Matorral bajo mediterráneo andino de Chuquiraga oppositifolia - Nardophyllum lanatum Matorral bajo de altitud 197,621 12,61% 0,083% LC
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
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No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
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Designada 0
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Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 2
Bosques Bosque nativo 1.527,46 97,467%
Praderas y matorrales Estepa 39,707 2,534%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.

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