Corredor Los Lingues
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-180
0 ha.
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Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Chilean matorral 100%
Libertador General Bernardo O'Higgins 714,643 100%
Colchagua 1.365,171 52,348%
San Fernando 714,643 52,348%
Cachapoal 1.365,171 47,652%
Malloa 650,528 47,652%
Rio Rapel 1.365,171 100%
Cachapoal Bajo 1.365,171 100%
Estero Zamorano hasta Estero Rigolemu 1.089,549 79,81%
Estero Rigolemu 275,622 20,19%
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No hay normativas asociadas.
Bosque espinoso mediterráneo interior de Acacia caven - Lithraea caustica Bosque espinoso 449,896 32,955% 2,269% EN
Bosque esclerofilo mediterráneo andino de Quillaja saponaria - Lithraea caustica Bosque esclerofilo 603,525 44,209% 0,237% LC
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
4,582 0,335%
4,582 0,335%
4,582 0,335%
4,582 0,335%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
Designada 0
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Incendios Forestales Focos en la unidad hasta 2km. Info: CONAF (2010-2015) 32
Areas desprovistas de vegetacion Cajas de rios 0,016 0,001%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 3,608 0,264%
Bosques Bosque nativo 463,283 33,936%
Cuerpos de agua Lagos, lagunas, embalses y tranques 2,179 0,16%
Humedales Vegas 0,141 0,01%
Infraestructura vial Red vial 2,408 0,176%
Praderas y matorrales Matorral 587,386 43,027%
Terrenos agricolas Rotacion cultivo - pradera 100,021 7,327%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 194,871 14,274%
Terrenos silvicolas Plantacion 10,555 0,773%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.