El Sitio Prioritario Pan de Azúcar, situado en la comuna de Arica, abarca una fracción del valle del Río San José. Reconocido por su papel en la conservación de especies amenazadas, como el Picaflor de Arica, este sitio prioritario enfrenta importantes desafíos derivados de la intensa actividad agrícola y la presencia de viviendas al interior de sus límites.
Pan de Azúcar
Sitio Prioritario (Estrategia Regional de Biodiversidad)
SP2-109
Dentro del Sitio Prioritario es posible encontrar poblaciones de Chuve (Tecoma fulva), con presencia de larga y abundante floración, constituyendo el hábitat propicio para el Picaflor de Arica (Estades et al. 2007)
2.724 ha.
0 ha.
Infraestructura de datos espaciales MMA.
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No hay instrumentos de manejo asociados
Presencia de ambiente Porcentaje del área protegida
Terrestre Atacama desert 100%
2.723,919 100%
Arica 2.723,919 100%
Arica 2.723,919 100%
2.723,919 100%
Rio San Jose 2.723,919 100%
Rio San Jose 2.723,919 100%
0
No hay normativas asociadas.
Desierto tropical interior con vegetación escasa Desierto 1.390,988 51,066% 1,662% LC
Bosque espinoso tropical interior de Geoffroea decorticans - Prosopis alba Bosque espinoso 719,903 26,429% 10,343% LC
No se encontraron ecosistemas marinos dentro de los límites de esta área protegida o prioritaria.
225,971 8,296%
225,971 8,296%
225,971 8,296%
225,971 8,296%
No se encontraron servicios ecosistémicos para esta área protegida o prioritaria.
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Designada 0
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Areas desprovistas de vegetacion Otros terrenos sin vegetacion 1.836,01 67,403%
Areas urbanas e industriales Ciudades, pueblos, zonas industriales 9,865 0,362%
Humedales Vegetacion herbacea en orillas de rios 96,71 3,55%
Infraestructura vial Red vial 19,069 0,7%
Praderas y matorrales Matorral 193,943 7,12%
Praderas y matorrales Matorral-pradera 22,705 0,834%
Terrenos agricolas Terrenos de uso agricola 545,352 20,021%

El uso de esta cartografía no presenta restricción, sin embargo es necesario aclarar el carácter referencial de la base debido a su origen. Los mapas publicados en este sitio que se refieran o relacionen con los límites y fronteras de Chile no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo al Artículo 2°, letra G del Decreto con Fuerza de Ley N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores y la rectificación del Decreto Supremo 432 de 1954 (DOF 23.004) del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 5 de abril de 1955.

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